Accidentes y Riesgos
de Trabajo
La Ley Federal del Trabajo (LFT) te protege.
Accidente de trabajo es toda lesión o alteración en tu
cuerpo que impide realizar tus actividades normales como las realizarías
después del accidente. También es la muerte ocasionada mientras trabajas o con
motivo del trabajo. (Art. 474)
Transporte: Lo anterior incluye los accidentes que te ocurran al trasladarte de tu casa al trabajo
y del trabajo a tu casa. (Art. 474)
Enfermedad de trabajo es la enfermedad causada por el
trabajo o por el medio en que laboras. (Art. 475)
Si tienes un
accidente o enfermedad de trabajo tienes derechos
(Art . 487)
Asistencia médica y quirúrgica
Rehabilitación
Hospitalización, si se requiere.
Medicamentos y material de curación
Los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios
Pago de pensión o jubilación
Incapacidad: pago íntegro de salario que dejes de percibir
por el tiempo que dure la incapacidad.
Tener IMSS es tu derecho, pero si no tienes y te pasa un
accidente o enfermedad de trabajo y ésta
te provoca incapacidad permanente total, te corresponde una indemnización de
mil noventa y cinco días de salario.
Tu salud es primero:
Tienes derecho a desobedecer, denunciar y demandar al patrón que te
ordene efectuar un trabajo peligroso para tu salud o seguridad. (Art. 51, VII)
Tipos de
incapacidades
(Art 491-500)
Incapacidad temporal parcial: por un tiempo no puedes realizar las actividades como normalmente las
haces. Ejemplo: Por heridas, quemadas, dolor
Incapacidad temporal total: por un tiempo estas totalmente
imposibilitado para trabajar. Ejemplo:
Cuando estas hospitalizado.
Incapacidad permanente parcial: para siempre tienes
disminución de facultades o aptitudes para realizar algunos trabajos. Ejemplo:
Cuando pierdes un dedo o una pierna.
Incapacidad permanente total: por el resto de su vida no
puedes trabajar. Ejemplo: si no puedes
mover tu cuerpo o no tienes fuerza suficiente.
Las consecuencias del accidente o enfermedad y tu
salario se tomarán en cuenta para
calificar el tipo de incapacidad y la
pensión.
Tus derechos después
de tener una incapacidad
Si sufriste un accidente o enfermedad de trabajo y tienes
una incapacidad parcial el patrón tiene que regresarte tu trabajo. Si no
puedes desempeñar el mismo, te tiene que
proporcionar uno que sí puedas realizar.
Si a los tres meses de iniciada una incapacidad no estás en
condiciones de volver al trabajo puedes pedir al IMSS que se resuelva seguir con el mismo tratamiento y
tener más incapacidades, o declarar tu incapacidad permanente con base a los
certificados médicos y los dictámenes y las pruebas que se tengan.
Los exámenes médicos podrán repetirse cada tres meses y a
más tardar en un año se deberá calificar tu incapacidad permanente y determinar
la pensión a la que tienes derecho. Dos
años después de calificar la incapacidad se podrá volver a revisar y calificar
si existe una agravación o mejora.
¿Qué hacer si tienes
un accidente de Trabajo?
Debes acudir inmediatamente al IMSS.
A quien registre el accidente debes decir con la mayor
exactitud posible y con detalles cómo ocurrió el accidente: fecha, hora, lugar,
nombres completos y puesto de las personas que te auxiliaron y quienes fueron testigos.
Lo que digas la primera vez se tomará en cuenta para
calificar como accidente de trabajo o enfermedad general.
OJO: No dejes que tu accidente lo califiquen como enfermedad
general. Si tu patrón te manda a una clínica particular, no aceptes aunque te
amenace con despedirte ya que perderás derechos en el IMSS.
¡Recuerda que tu salud está
antes que el trabajo!
Es obligación de los
patrones:
Inscribirte al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Tener en el lugar de trabajo medicamentos y material de
curación necesarios para primeros auxilios y adiestrar personal para dar
primeros auxilios.
Si hay más de cien trabajadores establecer una enfermería,
con medicamentos y material de curación necesarios para la atención médica y
quirúrgica de urgencia.
Si hay más de trescientos trabajadores instalar un hospital,
con el personal médico y auxiliar necesario.
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Trabajo saludable y seguro es tu derecho
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